22 de octubre de 2026
Modalidad 40: el IMSS cambió las reglas sin tocar la ley
Desde hoy, quien se inscriba cotiza con su último salario o hasta ese importe más una UMA, sin pagos hacia atrás. Lo decidió el Consejo Técnico del IMSS; la Ley del Seguro Social no cambió.
La Modalidad 40, que es la continuación voluntaria en el régimen obligatorio del IMSS, tiene reglas nuevas desde hoy. No las votó el Congreso. Las fijó el Consejo Técnico del IMSS en un acuerdo de su sesión extraordinaria del 10 de octubre, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre y entró en vigor hoy, el día hábil siguiente. La usan sobre todo quienes se pensionarán con la Ley de 1973, para subir el salario promedio de sus últimas 250 semanas de cotización. Corte de esta edición: jueves 22 de octubre, 9:45.
Lo que cambió para quien se inscriba desde hoy
- Salario de cotización con tope. El acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG fija la cotización en el último salario base de cotización registrado al causar baja, o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA). Nunca puede ser menor a un salario mínimo. Con la UMA de 2026 (117.31 pesos diarios), el máximo es el último salario más 117.31 pesos diarios. Hasta ayer se podía elegir un salario igual o superior al último, hasta el tope de cotización de 25 UMA (2,932.75 pesos diarios).
- Sin pagos hacia atrás. Los nuevos aseguramientos corren "exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud".
- Solo en línea. La inscripción se hará únicamente por medios digitales. El IMSS debe diseñar un canal de atención para revisar casos especiales.
- No se combina con el esquema de independientes. Quien esté inscrito o se inscriba como persona trabajadora independiente (art. 13, fracción I, de la Ley del Seguro Social) no puede contratar la continuación voluntaria. Según el acuerdo, el esquema de independientes sí incluye el seguro de enfermedades y maternidad.
Lo que no cambió
- Quien ya está inscrito sigue "en las condiciones actuales, hasta la conclusión del periodo que tengan contratado". Si al terminar ese periodo quiere seguir, entra con las reglas nuevas. Además, conserva las semanas y los salarios efectivamente pagados para el cálculo de su pensión.
- La Ley del Seguro Social. Su última reforma es del 15 de enero de 2026. El artículo 218 sigue diciendo que quien continúa voluntariamente debe quedar inscrito "con el último salario o superior al que tenía en el momento de la baja". El 219 da cinco años desde la baja para pedirlo.
- Es temporal. El acuerdo la llama "medida temporal" y la sujeta al análisis financiero que viene.
Lo que sigue
- A más tardar el 10 de abril de 2027: la Dirección de Finanzas del IMSS entrega, por medio de su Unidad de Riesgos Financieros y Actuariales, el análisis del efecto de la continuación voluntaria en las finanzas del Instituto. El plazo es de seis meses desde el acuerdo. Con ese análisis, el Consejo Técnico decide si la medida temporal sigue.
- Hasta seis meses después de recibir el análisis: la Dirección Jurídica propone al Consejo Técnico la modificación de "las disposiciones normativas correspondientes".
- En el Congreso: al corte, Lex Monitor no registra ninguna iniciativa ni punto de acuerdo federal que responda al acuerdo del 21 de octubre. Los puntos de acuerdo sobre el IMSS presentados esta semana tratan, sobre todo, del abasto de medicamentos y de las demandas de sus trabajadores. Sobre la continuación voluntaria hay dos antecedentes de febrero en el Senado. El primero es una iniciativa del senador Waldo Fernández González (PVEM, 18 de febrero), que sigue en comisiones y propone que las cuotas se puedan pagar con recursos de la cuenta individual de la Afore, con autorización expresa del asegurado. El segundo es un punto de acuerdo del senador Agustín Dorantes Lámbarri (PAN, 17 de febrero) que pidió al IMSS agilizar los trámites de la Modalidad 40.
Qué hacer con esto
- Paquetes de retiro. Si su empresa paga o promete la Modalidad 40 como parte de una salida o una jubilación, recalcule. Para quien se inscriba desde hoy, el salario de cotización ya no puede pasar del último salario más una UMA.
- Trabajadores próximos a la baja. Mientras dure la medida, quien planeaba inscribirse con un salario muy por encima del último ya no puede hacerlo: el máximo es el último salario más una UMA. Tampoco puede pagar meses hacia atrás.
- Casos en el límite, como solicitudes presentadas antes de hoy y no resueltas. El acuerdo protege a quien ya esté inscrito a la fecha de entrada en vigor y ordena al IMSS diseñar un canal de atención para revisar casos especiales. Conviene documentar la fecha de la solicitud.
También esta semana en el Senado
- Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos: el Pleno la aprobó el 20 de octubre y la remitió al Ejecutivo.
- Ley de Ingresos, ISR y Derechos: las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Primera aprobaron los tres dictámenes, cada uno por 10 votos contra 5 en Hacienda y 8 contra 6 en Estudios Legislativos. El 21 de octubre quedaron de primera lectura en el Pleno. Sin votación en el Pleno al corte. El plazo para la Ley de Ingresos es el 31 de octubre.
Corrección
En la edición 7 (15 de octubre) escribimos que la Ley Aduanera estaba en comisiones del Senado. En realidad, el Pleno del Senado la había aprobado el 13 de octubre, en lo general y en lo particular, y la había remitido al Ejecutivo.
Fuentes: Diario Oficial de la Federación, 21 de octubre de 2026 (Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG del H. Consejo Técnico del IMSS); Ley del Seguro Social, texto vigente (última reforma DOF 15-01-2026), arts. 13, 28, 218 y 219; INEGI, valor de la UMA 2026; Gaceta del Senado (17 y 18 de febrero; 13, 20 y 21 de octubre de 2026); Coordinación de Comunicación Social del Senado, comunicado del 21 de octubre de 2026; base de datos de Lex Monitor (iniciativas y puntos de acuerdo del Congreso de la Unión).